Absuelven a un joven sorprendido con cocaína y cannabis en un local nocturno de Santiago

La Policía lo sorprendió con cocaína y cannabis en un local nocturno, pero el tribunal ve insuficientes las pruebas para condenarlo por tráfico
Absuelven a un joven sorprendido con cocaína y cannabis en un local nocturno de Santiago
Agentes de la Policía Local en la plaza del Obradoiro de Santiago de Compostela

La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago de Compostela, ha dictado sentencia absolutoria para un hombre que había sido acusado de tráfico de drogas, tras ser interceptado en el interior de un bar compostelano con cocaína y cannabis en su poder.

 

Los hechos se remontan a una intervención de la Policía Nacional dentro de un dispositivo de control de consumo y tenencia de estupefacientes en locales de ocio nocturno. Según el atestado policial, el acusado fue sorprendido con una pequeña cantidad de droga, cuyo valor de venta en el mercado ilícito rondaba los 110 euros. En concreto, portaba cocaína y cannabis en bolsas separadas.

 

 

Aunque la Fiscalía sostenía que las sustancias estaban destinadas a la venta, el tribunal ha considerado que no hay pruebas suficientes para sustentar esa acusación. La sentencia pone el foco en que no se encontró en poder del acusado ningún elemento típico del tráfico, como básculas de precisión, dinero fraccionado, teléfonos con mensajes comprometedores o listas de clientes.

 

El valor de una confesión (sin garantías)

Uno de los elementos clave de la causa eran las manifestaciones realizadas por el acusado a los agentes, en las que supuestamente habría reconocido que trabajaba como “mula”. Sin embargo, el tribunal ha invalidado dichas declaraciones al considerar que fueron recogidas en un momento en el que el hombre ya estaba en situación de detención de facto, sin haber sido informado formalmente de sus derechos ni contar con la presencia de un abogado.

 

“Tales manifestaciones fueron fruto de una indagación policial verificada cuando se contaba con los mismos datos que dieron lugar a la detención, de forma que se requieren cuando el acusado debería contar con las garantías propias de tal estatus de privación de libertad”, expone textualmente la resolución.

 

Es decir, los magistrados entienden que el contenido del atestado vulnera el derecho a la defensa y que esas palabras no pueden ser utilizadas en su contra porque fueron obtenidas fuera del marco legal que exige la Constitución para cualquier persona detenida.

 

Una absolución por falta de pruebas

La Audiencia concluye que no puede determinarse que las drogas estuvieran destinadas al tráfico, y recuerda que la simple tenencia de estupefacientes, si no va acompañada de indicios de venta o distribución, no constituye delito, sino una infracción administrativa.

 

 

De este modo, el acusado queda absuelto del delito contra la salud pública que se le imputaba, aunque la sentencia aún no es firme: puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

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