El Ayuntamiento de Santiago ha aprobado de manera unánime la modificación de la Ordenanza de Circulación y Uso de la Vía Pública, permitiendo que las bicicletas y los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) puedan circular por la zona histórica de la ciudad, con una velocidad máxima de 10 km/h. Sin embargo, se ha excluido su uso para actividades turísticas.
Esta medida se suma al Plan de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS), aprobado en la Junta de Gobierno del 16 de septiembre, con el objetivo de fomentar un nuevo modelo de movilidad que priorice el uso de transportes sostenibles como caminar o andar en bicicleta.
El concejal de Movilidad, Xan Duro, ya había adelantado en esa fecha que la ordenanza sería presentada para su aprobación en el Pleno de septiembre, mientras que el PMUS se presentará al público en octubre. Según Duro, estas iniciativas buscan hacer de Santiago una ciudad más amable y saludable, diseñada para las personas y no para los vehículos.
Esta mañana, el concejal explicó que se aceptaron varias de las 39 alegaciones recibidas, entre las que destacan permitir la circulación de bicicletas en ambos sentidos en determinadas vías, el adelanto de vehículos detenidos por la izquierda y la posibilidad de transportar personas en remolques homologados. También se ha autorizado que, en ausencia de aparcamientos gratuitos para bicicletas, estas puedan estacionarse en mobiliario urbano, como señales de tráfico, con ciertas restricciones.
La nueva normativa pone especial atención en la movilidad ciclista, reconociendo la necesidad de actualizar la ordenanza vigente desde 2012 para adaptarse a las exigencias actuales de sostenibilidad. Entre otras medidas, se permitirá a los ciclistas circular en grupo y acceder a plataformas semafóricas. Asimismo, se regulan las distancias mínimas que deben mantener los vehículos al adelantar bicicletas y las prioridades de paso en intersecciones.
La normativa también incorpora un apartado específico sobre los VMP, estableciendo que no podrán ser usados con fines turísticos en la ciudad histórica y que su velocidad máxima será de 25 km/h. También se actualiza la clasificación de las vías urbanas y se fijan los límites de velocidad: 20 km/h en calles con plataforma única, 30 km/h en vías de un carril por sentido y 50 km/h en aquellas con dos o más carriles.
Por último, se han incorporado excepciones para vehículos de obra, transporte agrícola, autobuses escolares y de transporte público en lo que respecta a las restricciones de circulación en determinadas vías.