"Nos pidieron un año de alquiler por adelantado y nos quedamos sin ahorros" | El drama de los inmigrantes en Santiago

La situación del alquiler es cada vez más delicada en la capital gallega. Entre los que más la sufren, están los migrantes que dejan todo en su país para retornar a la tierra de sus padres
"Nos pidieron un año de alquiler por adelantado y nos quedamos sin ahorros" | El drama de los inmigrantes en Santiago
El presidente de la Asociación de Jóvenes Emigrantes Retornados, Raúl Pampillo | Ajerga

En Compostela ya es común que a los extranjeros se les exija pagar un año de alquiler por adelantado, lo que supone una práctica abusiva que hace desaparecer los ahorros de quienes vienen a Galicia en busca de una vida mejor
 

Algunas de estas personas vienen en calidad de emigrantes retornados y reciben una beca de la Xunta de Galicia para estudiar másteres, hecho que en teoría les podría garantizar un aval junto a los propietarios o inmobiliarias. Sin embargo, la realidad es bastante distinta. 

 

Precisamente, es lo que se ha detectado desde la Asociación Jóvenes Emigrantes Retornados en Galicia (Ajerga), que asesora a jóvenes que vienen a esta tierra. El presidente de la organización, Raúl Pampillo, explica lo común que es que los migrantes se queden sin ahorros por tener que pagar hoteles mientras no encuentran una vivienda. Lo mismo en el caso de los que sí logran que alguien les alquile un piso, ya que en muchas ocasiones se les pide un año entero de fianza, algo que no permite la Ley de Arrendamientos Urbanos y los deja en una posición económica muy complicada.
 

Hay gente a la que se le han ido todos sus ahorros para pagar hoteles. A otros, se les pide una fianza de un año. Incluso, hay personas que venden todas sus cosas en sus países de origen y se quedan sin ahorros. Esto afecta mucho psicológicamente. Además, con el complicado proceso que es la inmigración, supone una presión inmensa
 

 

Una situación todavía más complicada entre los gallegos retornados es la de aquellos que han decidido traer a sus familias, lo que les dificulta instalarse en un piso compartido. Esto, sumado a las propias dificultades para encontrar viviendas disponibles, convierte el proceso en una verdadera odisea.

 

El responsable de Ajerga explica que las dificultades se estructuran en tres ejes. El primero es la imposibilidad de presentar una nómina pues, al estar recién llegados, no disponen de ella. El segundo, los avales que, para quienes son nuevos en el país, son muy complicados de encontrar. Por último, y no conviene ignorar, la realidad es que algunos propietarios prefieren no alquilar sus propiedades a personas extranjeras.
 

El caso de Fernanda

 

Fernanda, originaria de Chile, supo por una amiga que si se presentaba un año de alquiler por adelantado podrías tener más posibilidades de encontrar un piso en Santiago, la ciudad en la que ella y su familia soñaban vivir.


A pesar de llegar con ahorros suficientes para hacer frente a imprevistos, las condiciones impuestas por las inmobiliarias —imposibles para recién llegados—  provocaron que el tiempo para encontrar piso se dilatase mucho más de lo esperado.


Al final, consiguió que unos propietarios la aceptaran en su situación, pero tuvo que hacer frente a un alquiler de 1.500 euros que, relata, la “sacó presupuesto”. Además, ante la desesperación de conseguir algo de una vez, accedió a pagar de golpe un año completo y dos meses de garantía, lo que supuso una inversión total de 21.000 euros por 12 meses de alquiler.  “Es frustrante. Vendimos todo lo que teníamos allá y ya nos quedamos sin ahorros".

 

¿Qué dice la ley?

 

La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) se atiene a los casos de alquileres habituales, es decir, los alquileres de temporada no están abarcados por la norma. O sea, las partes (en los contratos de temporada) pueden fijar los plazos de pago que quieran.
 

Y aunque el artículo 17.1 indique que se puede fijar la renta que las partes entiendan, el artículo siguiente establece que el pago de la renta “será mensual y habrá de efectuarse en los siete primeros días del mes”. Y añade: “En ningún caso podrá el arrendador exigir el pago anticipado de más de una mensualidad de renta”.
 

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