El Juzgado de Santiago de Compostela ha declarado nulo el contrato de una tarjeta revolving Visa, emitida en el año 2000 por Citibank, actualmente Wizink. La razón principal de esta decisión es que el documento era ilegible, lo que impidió al cliente entender con claridad las condiciones del producto que estaba contratando.
Esta falta de transparencia ha llevado a la jueza a considerar que el contrato no puede mantenerse, ya que no garantizaba que el consumidor comprendiera realmente lo que implicaba. Como consecuencia, el cliente no tendrá que pagar intereses ni comisiones, únicamente deberá devolver el dinero que efectivamente utilizó. Además, Wizink deberá asumir los gastos judiciales del proceso. El afectado ha sido representado por el despacho Oulego Abogados y Consultores, especializado en derecho bancario.
Las tarjetas revolving permiten a los clientes disponer de un crédito con la posibilidad de devolverlo en cuotas mensuales. Sin embargo, a diferencia de un préstamo tradicional, la deuda se renueva constantemente y los intereses se acumulan de forma automática. Esto provoca que, en muchos casos, la deuda se prolongue durante años, haciendo que el usuario termine pagando mucho más de lo que inicialmente gastó.
En muchas ocasiones, estas tarjetas se comercializaron sin una explicación clara de su funcionamiento. Se ofrecían como una forma sencilla de obtener crédito sin informar a los clientes de las consecuencias económicas que podían derivarse de su uso. Esto ha provocado que muchas personas se vean atrapadas en una deuda que parece no reducirse nunca, convirtiéndolos en lo que se conoce como “deudores cautivos”.
El Tribunal Supremo ha reforzado recientemente la protección de los consumidores en este tipo de casos. En enero de 2025, estableció que los contratos de tarjetas revolving deben ser claros y comprensibles, asegurando que el cliente tenga toda la información necesaria antes de firmar. Si una entidad financiera no puede demostrar que explicó correctamente las condiciones del contrato, este puede ser anulado por falta de transparencia.
Esta sentencia marca un precedente importante y podría permitir que otros afectados reclamen la nulidad de sus contratos y la devolución de los intereses pagados en exceso.