La Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a dos años de prisión y siete años de alejamiento a un hombre por abusar sexualmente de una mujer mientras esta se encontraba dormida. Los hechos ocurrieron en octubre de 2021, tras una cita concertada en Santiago entre ambos a través de una aplicación de contactos.
Según el tribunal, el acusado se aprovechó del estado de inconsciencia de la víctima, provocado por la medicación que esta tomaba por prescripción médica, para realizar actos sexuales sin su consentimiento.
La sentencia recoge que la mujer, diagnosticada años atrás de una enfermedad neurológica, seguía un tratamiento que incluía fármacos con efectos sedantes. Esa noche, después de cenar juntos y acudir a un pub, ambos se dirigieron a un piso donde el acusado se alojaba. Allí, la víctima ingirió el resto de su medicación habitual y, poco después, se quedó dormida en el sofá.
Horas más tarde, según relata, se despertó desnuda en una cama, con el acusado también desnudo de cintura para abajo y, presuntamente, de mantener relaciones sexuales. Al darse cuenta de la situación, se vistió, recriminó al hombre lo sucedido y abandonó el lugar. Posteriormente, contactó con la policía y fue atendida en un centro médico.
La Sala descarta que existiera una penetración o un intento claro de realizarla, por lo que no aprecia delito de agresión sexual, como pedían las acusaciones. Sin embargo, considera probado que sí se produjeron tocamientos de carácter sexual sin consentimiento, aprovechando que la víctima se encontraba dormida, lo que constituye un delito de abuso sexual según la legislación vigente en el momento de los hechos.
El fallo también tiene en cuenta que no existía ninguna relación íntima previa entre ambas personas ni expectativas compartidas de mantener relaciones sexuales esa noche.
Además de la pena de prisión, el condenado no podrá acercarse a menos de 300 metros de la víctima ni comunicarse con ella durante siete años, y deberá cumplir dos años de libertad vigilada una vez concluida la condena.
La sentencia establece también el pago de 14.000 euros por los perjuicios psicofísicos sufridos por la víctima y 15.000 euros por los daños morales, al considerar demostrado que el suceso provocó una descompensación psiquiátrica grave, con necesidad de ingreso hospitalario, tratamiento farmacológico y psicológico.